Edad mínima para trabajar en España
- La edad general es a los 18 años, que es cuando se tiene plena capacidad para firmar un contrato de trabajo, por la mayoría de edad.
- Los menores de 18 años, pero mayores de 16 años, que vivan de forma independiente, pueden trabajar, con consentimiento de sus padres o tutores, y de la persona a la que estén a cargo. En este caso el de menores emancipados.
- Los menores de 18 años, pero mayores de 16, que no vivan de forma independiente, pueden trabajar pero con autorización de sus padres o representantes legales. En el caso de los padres es necesaria la autorización de ambas, o al menos de uno y el consentimiento del otro.
- Los menores de 16 años, como norma general, no pueden trabajar, ni con la autorización de sus padres o tutores. Sólo de forma excepcional en espectáculos públicos. En este caso se tiene que recibir autorización de la Autoridad Laboral, que se dará en casos excepcionales, y siempre y cuando no suponga peligro para la salud física y la formación del menor. Esta autorización tiene que ser expresa, por escrito y para actos determinados.
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Información extraída de: http://www.citapreviainem.es/edad-minima-y-maxima-para-trabajar/
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